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14.Dic.2016 / 11:40 am / Haga un comentario

Foto: Archivo

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Este miércoles, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) juramentó como rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE) a las ciudadanas Socorro Hernández y Tania D’ Amelio para el período 2016-2022, de conformidad con lo ordenado por la Sala Constitucional mediante sentencia 1.086, dictada en 13 de diciembre del año en curso y ante el desacato de la Asamblea Nacional (AN), que no cumplió con los requisitos para esta designación.

Al inicio de la actividad, la presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, recordó que la AN está “imposibilitada para designar rectores al CNE por encontrarse en desacato al Poder Judicial y por haberse vencido los lapsos de las rectoras”.

Durante el acto de juramentación y la firma del acta, las magistradas y los magistrados que integran el TSJ desearon éxito en la gestión de las autoridades del Poder Electoral en este nuevo periodo.

“La designación se efectúa como medida indispensable, atendiendo al mantenimiento de la supremacía constitucional, así como a la estabilidad y a la paz de la República, por haber expirado el período constitucional correspondiente”, expresó la sentencia del máximo tribunal del país, publicada el pasado martes.

Sobre esta decisión, Gutierrez explicó que la Sala Constitucional tomó “la medida necesaria para suplir la omisión en la que había incurrido la AN” y afirmó que esta acción “servirá para el normal funcionamiento del Poder Público y el desenvolvimiento de la vida democrática”.

De esta manera, la primera Rectora principal del CNE es desde ahora Socorro Elizabeth Hernández, y como su suplente Iván Zerpa Guerrero; como segunda Rectora principal Tania D’Amelio Cardiet, y como su suplente Gustavo Guevara Sifontes; quienes ya fueron postulados y designados rectores del ente comicial, por cumplir todos los requisitos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Esta designación por parte del máximo órgano judicial, se realiza como parte del proceso de expiración del período constitucional de ambas rectoras, aunado a que la AN se encuentra en desacato a la Ley, situación que determina la nulidad de todas sus actuaciones mientras mantenga esa conducta.

CO

 

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