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Con motivo de la reciente decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), comparto algunos extractos de artículo publicado en febrero de 2021, contextualizado al momento.

El 17 de febrero de 1967, bajo el auspicio de la ONU, se firma el Acuerdo de Ginebra donde se cristaliza un reclamo incesante de nulidad por parte de la diplomacia venezolana al Laudo Arbitral de Paris de 1899. En este documento, se establece que Venezuela, el Reino Unido de Gran Bretaña y la Guayana Británica, próxima a independizarse para entonces, acordarán un arreglo práctico y pacífico como mecanismo para solucionar la diferencia limítrofe generada por el laudo arbitral mencionado.

La Guayana Esequiba forma parte de una extensión de 159.500 km2 con una área costera de aproximadamente 435 kilómetros. En su plataforma continental y en la Zona Económica Exclusiva, posee una rica actividad pesquera y potencial petrolífero, adicionalmente en el territorio en reclamo, existen recursos naturales y minerales como oro, diamantes, coltán, bauxita, manganeso, mica y uranio.

Esta riqueza natural no solo ha sido apetecida por los grandes capitales, como la Exxon Mobil, quien en la actualidad tiene operaciones en el Campo Stabroek Block de 26.800 km2; sino también por distintos países que aparte de fomentar la discordia, utilizan los organismos internacionales como medios de dominación y sometimiento para alcanzar sus objetivos.

Es así como, dentro del concierto de la agresión en contra de Venezuela, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en decisión publicada el 18 de diciembre de 2020 se declara competente para conocer de la demanda unilateral interpuesta por la República Cooperativa de Guyana, contraviniendo lo dispuesto en el Acuerdo de Ginebra, que representa la formalidad única y concreta vigente para dirimir el litigio territorial.

Ante esta situación el Gobierno Nacional, el 7 de junio de 2022 presento ante la CIJ objeciones preliminares a la admisión de la demanda unilateral de la República Cooperativa de Guyana contra Venezuela. Objeciones, sobre la cual esta instancia se pronunció el pasado 06 de abril. Al respecto, trascribimos parte de la posición del Gobierno Nacional en comunicado oficial:

Venezuela celebra que la sentencia incidental de la Corte el día de hoy, valide nuestros argumentos: en primer lugar al reconocer que puede revisarse la conducta ilícita y fraudulenta del Reino Unido de Gran Bretaña y en segundo lugar porque deja claro la existencia y vigencia del Acuerdo de Ginebra de 1966, único instrumento válido para dirimir esta controversia territorial. Vale destacar que la República Bolivariana de Venezuela no reconoce el mecanismo judicial como medio de resolución de la mencionada controversia por cuanto excluye la naturaleza y objeto de este acuerdo. La República Bolivariana de Venezuela evaluará sus implicaciones de manera exhaustiva y adoptará todas las medidas a su disposición para la defensa de sus legítimos derechos e integridad territorial.

Reiteramos que este acuerdo, es el único instrumento con sustento legal a la luz del derecho internacional para disipar el desacuerdo limítrofe y garantizar la soberanía nacional sobre el territorio, así como, el aprovechamiento futuro de la explotación racional de los recursos que yacen en el subsuelo y en la zona marítima, que al fin y al cabo, es la razón que motiva a terceros para provocar la intriga y desavenencia.

Culminamos las consideraciones expuestas con el mensaje del presidente Nicolás Maduro: «Los venezolanos y las venezolanas seguiremos la lucha incansable y firme por defender el respeto al histórico Acuerdo de Ginebra y la territorialidad de nuestra digna nación. La verdad nos acompaña. ¡El Esequibo es Venezuela!»

www.ramonlobo.psuv.org.ve / @RamonLoboMoreno

 

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