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4.May.2017 / 02:52 pm / Haga un comentario

Foto: PSUV

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Prensa PSUV.- Este jueves, durante el encuentro nacional del PSUV en la Sala plenaria de Parque Central en Caracas, el primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello, expresó que la oposición venezolana hace dos años atrás estaban llamando a una constituyente y ahora que se convoca a una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) no lo aceptan.

“Decían que la constituyente era necesaria para cambiar a todos los poderes sacaron propaganda y avisos en la prensa, ellos estaban llamando a la constituyente de la burguesía, de los grupos de poder, de los viejos partidos de la IV República, del pacto de punto fijo la constituyente que permitiría llevarse a esta hermosa Constitución y desaparecerla como en el año 2002”.

Subrayó que mientras la oposición quería una constituyente de élites la Revolución quiere una constituyente del pueblo, para el pueblo y con el pueblo. Informó que todavía no se sabe si la derecha venezolana va a participar en el llamado realizado por el presidente Nicolás Maduro de realizar unas elecciones democráticas para una nueva Asamblea Nacional Constituyente.

Resaltó que los líderes de la oposición comenzaron a atacar la figura de la constituyente apenas el jefe de Estado convoco a la ANC.

Seguidamente, el dirigente nacional le dio lectura a los artículos 5 y 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

Asimismo, leyó el Capítulo III de la Constitución que habla puntual sobre la Asamblea Nacional Constituyente.

Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.

Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; y el quince por ciento de los electores inscritos y electoras en el Registro Civil y Electoral.

Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Una vez promulgada de la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente.

Finalmente, resaltó las palabras del Presidente Maduro cuando dijo “yo pongo el poder que tengo en las manos del pueblo”.

 

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