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2.Ago.2016 / 08:28 am / Haga un comentario

Foto: Archivo

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La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este lunes la invalidez, inexistencia e ineficacia jurídica del acto de juramentación e incorporación como diputados a la Asamblea Nacional (AN) de los ciudadanos Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana, efectuado el pasado jueves 28 de julio por la Junta Directiva del Parlamento, a cargo del adeco Henry Ramos Allup.

La decisión emitida este lunes por la Sala Electoral, dictada en ponencia conjunta, responde a la solicitud hecha por los diputados que integran el Bloque de la Patria a la AN, quienes solicitaron el viernes 29 al TSJ declarar la ilegalidad de los actos del Parlamento, que además constituye un desacato a la orden emitida por el máximo tribunal de la República, del 30 de diciembre de 2015.

En ese momento, el TSJ ordenó de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación, que fue también desacata, por lo que posteriormente, el 11 de enero de 2016, emitió una orden de desincorporación de Ygarza, Guarulla y Guzamana, mientras se decide sobre los recursos para impugnar los resultados de los comicios parlamentarios del pasado 6 de diciembre en circuitos del estado Amazonas.

Dichos recursos fueron interpuestos ante la Sala Electoral el 29 de diciembre pasado por Nicia Maldonado, asistida por la abogada Ligia Carolina Gorriño, debido a los casos irregulares que se presentaron en los centros de votación durante esos comicios.

Pese a ello, el pasado jueves 28 de julio la directiva de la AN nuevamente incurrió en el desacato de la orden del TSJ al incorporar a los tres diputados del estado Amazonas, acción con lo cual transgrede del orden legal y constitucional y amenaza el desenvolvimiento de las instituciones del Poder Público en Venezuela.

«En caso de mantenerse el desacato de las referidas decisiones, se reservan todas aquellas acciones o procedimientos judiciales a que haya lugar», refiere la decisión de este lunes de la Sala Electoral del TSJ.

En ese texto, nuevamente se ordenó y ratificó la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los diputados electos en Amazonas, hecho que a su vez es declarara inválida, inexistente y de ineficacia jurídica «por violación flagrante del orden público constitucional».

AVN

 

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