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31.Mar.2017 / 08:05 am / Haga un comentario

Foto: Archivo

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La derecha en Venezuela —fiel desconocedora del mandato de la Carta Magna, aprobada por los venezolanos— insiste en mantener su fórmula para hacerse del poder político en el país: los atajos golpistas.

En 17 años han probado diversas tácticas en ese sentido. Conspiraciones, procesos desestabilizadores, guarimbas, terrorismo mediático y campaña internacional contra Venezuela y sus instituciones son algunas de esas maniobras alentadas por poderes imperiales, y de las que sólo han sumado desaciertos y fracasos.

La última derrota añadida a esa lista es la recién frenada maniobra promovida por el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, para activar la Carta Democrática como vía para consumar un plan intervencionista contra la nación, a solicitud de la derecha venezolana.

Ese nuevo fracaso ha provocado en este sector nuevas acciones: ataque a la institucionalidad de la nación, el desconocimiento de los Poderes Públicos, conjura que han aplicado en el pasado reciente.

La excusa utilizada en esta oportunidad han sido dos sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Una, emitida el pasado lunes 27 de marzo y en la que se señala que de acuerdo con lo establecido en el artículo 200 de la Constitución, la inmunidad parlamentaria sólo ampara los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y que por lo consiguiente, dada la situación de desacato en que se encuentran la Asamblea Nacional (AN) desde hace más de un año, se anula esta norma especial.

La otra, es la sentencia publicada por esta sala del Máximo Tribunal de la Nación el miércoles 29 de marzo, en la que se indica que «mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho».

La Constitución Bolivariana de Venezuela es muy clara en ese sentido. En el numeral 9 del artículo 336 señala que entre las atribuciones de la Sala Constitucional del TSJ destaca: «Dirimir las controversias constitucionales que se susciten entre cualesquiera de los órganos del Poder Público».

Hoy, nuevamente, la derecha pretende mancillar el mandato del texto fundamental y, ambiciosa de poder apuesta a un escenario desestabilizador en el país y de ataque contra la institucionalidad, a lo que se ha adherido de manera irrespetuosa el Gobierno de Perú, acción que además constituye una injerencia en los asuntos internos del país.

AVN

 

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