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6.Abr.2016 / 01:20 pm / Haga un comentario

AN

Foto: Archivo

La Constitución Nacional es clara sobre los pasos a seguir cuando un proyecto de ley es aprobado en la Asamblea Nacional (AN) y luego pase o no a convertirse en ley de la República.

Una vez sancionada una ley en el Parlamento, la Asamblea Nacional, tal como lo expresa el artículo 213 de la Constitución, debe enviar la norma al presidente de la República a los fines de su promulgación. Así ocurre con la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional aprobada recientemente por los partidos políticos de la derecha venezolana con el objetivo de amnistiar delitos cometidos por sus líderes y partidarios en perjuicio de miles de víctimas.

En conversación con AVN, el abogado constitucionalista Jesús Silva, explicó que una vez recibida la solicitud del Legislativo, el jefe de Estado tiene un lapso de 10 días para decidir si la aprueba o no. Y para ello tiene dos opciones: la primera, es promulgarla; la segunda, es devolver a la AN esa ley con correcciones de fondo y forma (esto si a juicio del Presidente esa ley no es acorde a la Constitución).

«Una vez que se cumple, eso en doctrina constitucional se conoce como un veto presidencial provisional, no es un veto definitivo porque se mantiene el trámite de la ley, pero se retarda su promulgación. Es una facultad constitucional del Presidente de la República claramente consagrada en el artículo 214», añadió.

En ese marco, la AN está obligada a darle respuesta al Presidente en sus exigencias de corrección. «Si la AN no cumple esas exigencias y le devuelve, nuevamente, la ley al Presidente de la República para que la promulgue, el Presidente tiene, nuevamente dos opciones: Una, publicar la ley y la otra, es ratificar su veto presidencial provisional y no publicar la ley sino que la remite al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que determinará, en definitiva, si esta ley es constitucional o no», dijo.

Si la Sala Constitucional del TSJ la declara no constitucional, la ley quedará como inexistente.

«La AN puede interponer recursos ante el TSJ para que se revise esa decisión, pero como se sabe, en los artículos 334, 335 y 336 de la Constitución se establece que las opiniones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia son inapelables, definitivas y son de obligatorio cumplimiento para todos los venezolanos y sus instituciones», agregó.

De ser este el caso, Silva adelantó que los diputados opositores pueden acudir a organismos internacionales, como la OEA, para decir que en Venezuela no se respeta el Poder Legislativo. Sin embargo «el Poder Legislativo fue escogido por los venezolanos para legislar dentro de la Constitución y no fuera de ella», aclaró el abogado.

Inconstitucionalidad a la vista

La Constitución en su artículo 29 establece que se prohíbe la amnistía para individuos implicados en violación de Derechos Humanos y delitos de lesa humanidad. Por esta razón, el abogado constitucionalista señaló que ese instrumento legislativo no llegará a tener eficacia jurídica, pues, a su juicio, se pretende dejar en libertad a narcotraficantes, terroristas, asesinados y a autores de delitos bajo el pretexto de que son «líderes» o militantes políticos.

Con el lema de la «paz y la unión» del país, la denominada Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional realmente pretende absolver de responsabilidades a figuras vinculadas con partidos de derecha involucrados en muertes violentas y planes para desestabilizar el orden democrático del país.

La ley permitiría excarcelar al vocero del partido de extrema derecha Voluntad Popular, Leopoldo López, quien dirigió el intento de golpe de Estado en 2014 contra del presidente de la República, Nicolás Maduro, que causó la muerte de 43 personas, entre ellos de la intérprete de señas de Venevisión Adriana Urquiola, mujer embarazada que fue baleada mientras intentaba pasar una barricada en el estado Miranda, una de las principales ciudades del país en las que se llevaron a cabo las guarimbas.

De febrero a junio de 2014, habitantes de ciudades gobernadas por partidos de derecha se mantuvieron prácticamente secuestrados bajo la actuación de grupos violentos que impidieron el libre tránsito. Estos hechos violentos dejaron, además, 800 heridos y cuantiosas pérdidas económicas al Estado.

AVN

 

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