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31.May.2025 / 03:48 pm / Haga un comentario

Foto: VTV

Este domingo 1 de junio, los pueblos y comunidades indígenas de Venezuela llevan a cabo la segunda fase de su proceso electoral para seleccionar a sus representantes ante la Asamblea Nacional y los Consejos Legislativos. Este proceso refuerza el derecho fundamental a la libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas, donde reconocen sus saberes ancestrales y métodos tradicionales de organización.

En los nueve estados con población indígena, participan 6 mil 451 voceros y voceras, electos previamente en asambleas comunitarias, que se desarrollaron durante el mes de abril en todo el territorio venezolano. Estos voceros son la representación genuina de 169 mil 451 hermanos y hermanas indígenas de 3 mil 952 comunidades, equivalente al 82% del total, elegirán a sus diputados y diputadas, quienes tendrán la facultad de representar a sus pueblos y comunidades, para hacer valer sus sistemas normativos.

Esta jornada del 1 de junio impacta a 77 municipios, donde se le habilitaron 95 centros de votación y 118 mesas. Se elegirá un diputado principal y un suplente para los Consejos Legislativos de los estados Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Guayana Esequiba, Monagas, Sucre y Zulia.

Para la Asamblea Nacional, se elegirá un diputado principal y un suplente por cada una de las tres regiones establecidas:

Región Occidental: Zulia, Mérida y Trujillo.

Región Sur: Amazonas y Apure.

Región Oriental: Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Guayana Esequiba, Monagas y Sucre.

Este proceso electoral es un claro ejemplo del reconocimiento pleno a la democracia soberana y da cumplimiento al Artículo 125 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que reconoce los derechos de los pueblos indígenas, incluida su forma de organización social y política. Con estas elecciones, los pueblos originarios refuerzan su autodeterminación y toman las riendas de su representatividad política.

De igual forma, el artículo 186 de la Carta Magna establece “Los pueblos indígenas de la República Bolivariana de Venezuela elegirán tres diputados o diputadas de acuerdo con lo establecido en la ley electoral, respetando sus tradiciones y costumbres. Cada diputado o diputada tendrá un suplente o una suplente, escogido o escogida en el mismo proceso».

VTV

 

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