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9.Ago.2017 / 09:37 am / Haga un comentario

Foto: Ciudad Caracas

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La Comisión para la Verdad, la Justicia, la Paz y la Tranquilidad Pública tiene a partir de ayer un carácter Constitucional, tras la aprobación de la Ley que regula la referida instancia por parte de la Asamblea Nacional Constituyente.

Esta instancia tendrá la misión no solo de propiciar que se haga justicia sobre los hechos violentos ocurridos a partir de 1999 hasta el presente, sino de resarcir y auxiliar debidamente a las víctimas y sus familiares, como una forma de reencontrar el camino de la paz.

También persigue este instrumento la generación de políticas, medidas y soluciones para la reducción de todas las formas de violencia e intolerancia.

La Comisión en cuestión tendrá un plazo de 12 meses para su funcionamiento, en los cuales tendrá la misión de investigar los hechos considerados como de violencia política y sus correspondientes responsables, además de promover la convivencia pacífica, el entendimiento nacional, la paz y la tranquilidad pública, además de la prevención de la violencia por motivos políticos o de intolerancia.

Igualmente, se establece en el articulado legal que todo ciudadano debe prestar su colaboración en el esclarecimiento de la verdad sobre los sucesos violentos que abarca la comisión.
En ese sentido, la comisión podrá entrevistar y tomar testimonios de personas y servidores públicos que puedan contribuir al esclarecimiento de hechos.

FORMACIÓN DE LA INSTANCIA

La referida comisión estará integrada por 14 personas designadas por la Asamblea Nacional Constituyente, de conformidad con los siguientes criterios: tres representantes de la Asamblea Nacional Constituyente; tres integrantes de las organizaciones de víctimas de la violencia política en el período 1999-2017; un integrante de organizaciones de derechos humanos venezolanas; dos personas designadas en función de su acreditada capacidad profesional, ética e integridad personal; el fiscal general de la República; el defensor del Pueblo y tres diputados de la Asamblea Nacional designados por el bloque opositor.

El instrumento legal establece además como prioridad la promoción de la equidad de género en la constitución de sus integrantes.

Estos comisionados o comisionadas deberán ejercer sus actividades con carácter ad-honórem, es decir, sin devengar un salario.

Estas personas gozarán de inmunidad y demás prerrogativas en el ejercicio de sus funciones desde su juramentación hasta tres meses después de haber concluido su mandato.

Igualmente, estas personas estarán exentas de declarar tanto en procesos judiciales como en procedimientos administrativos relativos a las actuaciones realizadas en el cumplimiento de su mandato atribuido a la comisión.

Asimismo, se establece la creación de una secretaría ejecutiva, designada por el presidente o presidenta de la comisión que tendrá la misión de procesar toda la información, así como preparar las agendas de reuniones, coordinar los equipos de trabajo, atender los asuntos de gestión diaria, tramitar y notificar sus actos y mantener un archivo de documentos.

CIUDAD CCS

 

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