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3.Ago.2015 / 08:00 am / Haga un comentario

Foto: Archivo

En Venezuela, el Día de la Bandera se celebra cada 3 de agosto. La efeméride fue oficializada en 2006 por la Revolución Bolivariana para recordar y celebrar el primer izamiento del Pabellón Nacional en suelo venezolano, específicamente en La Vela de Coro, por obra del Generalísimo Francisco de Miranda.

El 21 de agosto de 2006, en consejo de ministros, se aprobó el cambio del Día de la Bandera, anteriormente conmemorado cada 12 de marzo en atención a la fecha en que por primera vez flameó la Bandera Nacional, pero en territorio haitiano, desde donde partió la expedición de Miranda.

Este no fue el único acto reivindicador de símbolo patrio durante la Revolución Bolivariana. Las siete estrellas del tricolor pasaron a ser ocho a partir del 9 de marzo de 2006, cuando un nuevo lucero se dispuso sobre la franja azul para simbolizar a la Provincia de Guayana. Se hizo en honor al decreto del Libertador Simón Bolívar del 20 de noviembre de 1817, en el que ordenaba la inclusión de dicho elemento.

“Hoy es Día de La Bandera! Viva Miranda! Viva La Patria! Viva La Independencia Nacional!” , tuiteó el Comandante Chávez el 3 de agosto de 2012, rindiendo así homenaje al tricolor y al Precursor de nuestra independencia.

La Bandera Nacional debe ser enarbolada en todo el territorio nacional

Con motivo de la celebración del Día de la Bandera es obligación de todas las venezolanas y de todos los venezolanos velar por que el estandarte nacional ondee en todo el país, incluyendo los edificios públicos, así como en las residencias y comercios particulares, centros educativos, entre otros.

La Ley de Bandera Nacional y Escudo de Armas de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial el 9 de marzo de 2006, consagra en su artículo 4 que la Bandera debe ser izada en las oficinas públicas nacionales, estadales y municipales, los días declarados de Fiesta Nacional, al igual que en los edificios de las misiones diplomáticas venezolanas en el exterior y en los edificios militares.

Asimismo, en su artículo 5 dice: “Los venezolanos y venezolanas, los extranjeros y extranjeras residentes en la República Bolivariana de Venezuela deben enarbolar la Bandera Nacional en sus casas particulares, oficinas y establecimientos, en los días de Fiesta Nacional”.

Prensa Minci

 

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