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12.May.2018 / 10:07 am / Haga un comentario

observación

En una semana se celebrarán en Venezuela unas nuevas elecciones: es el evento comicial número 24 de los últimos 19 años. En esta oportunidad se escogerá al Presidente de la República y a los miembros de los consejos legislativos del país, y de cara a esos comicios se ha desarrollado lo establecido en el calendario electoral.

Entre las actividades contempladas en ese cronograma, pautado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), está la conformación y desarrollo del Plan de Observación Nacional Electoral, en la que participan organizaciones de carácter civil, domiciliadas en Venezuela y debidamente constituidas.

Las funciones y tareas de estas organizaciones, acreditadas como observadores nacionales electorales, están establecidas en el Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. En dicha norma se indica que estos actores tienen como propósito presenciar de manera imparcial e independiente el desarrollo de los procesos electorales.

Esa tarea debe hacerse con base en los principios de «supremacía constitucional, legalidad, soberanía, integridad e inviolabilidad territorial, autodeterminación de los pueblos, no injerencia, imparcialidad, transparencia y respeto a las normas y autoridades electorales», agrega el instrumento legal.

Por ello, la participación de observadores nacionales es otro de los mecanismos para brindar confianza a cada votación en Venezuela.

Respeto a la votación

El reglamento establece que ningún observador puede realizar actividades proselitistas, impedir el proceso comicial o difundir información alguna sobre resultados antes de que el árbitro electoral dé el boletín oficial, así como emitir declaraciones «que puedan ser denigrantes, ofensivas, difamatorias o injuriosas» en contra de los actores que participan en el proceso comicial.

De igual forma, carecen de autoridad o competencia para intervenir o actuar en funciones electorales, recalca el referido instrumento.

Tanto los observadores nacionales como los acompañantes internacionales deben estar debidamente acreditados y portar su credencial en un lugar visible durante su participación en las labores de veeduría.

Ninguna de las figuras acreditadas por el CNE para labores de veeduría podrá emitir declaraciones sobre los asuntos internos de Venezuela antes de que haya culminado el proceso electoral, ni «inducir, persuadir u orientar al electorado» a sufragar por alguna opción política.

AVN

 

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