Noticias

22.Mar.2018 / 03:30 pm / Haga un comentario

Foto: Cortesía de @taniadamelio

Foto: Cortesía de @taniadamelio

El Consejo Nacional Electoral (CNE) simplificó los trámites para la gestión de actas de defunción al prohibir la solicitud en dicho proceso de documentos demostrativos de parentesco y filiación por consanguinidad o afinidad, informó Tania D´Amelio, rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE).

A través de Twitter, explicó que esta medida exime a las Oficinas y Unidades de Registro Civil de exigir fotocopias de actas de matrimonio, de unión estable de hecho y de nacimiento para la declaración del deceso de un ciudadana.

Con ello, se ratifica la disposición publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.094, del 13 de febrero de 2017, donde se establece que las actas de defunción constituyen en sí mismas un documento demostrativo del fallecimiento de una persona.

En ese sentido, D’Amelio recordó que existen «otros documentos, válidos en sí mismos, que demuestran el parentesco y filiación por consanguinidad o afinidad con el difunto».

La rectora agregó que tampoco podrán exigirse rectificaciones de actas de defunción para incluir, excluir o modificar datos de ascendientes, descendientes o cónyuge de la persona fallecida.

AVN

 

Hacer un comentario.




Los comentarios expresados en esta página sólo representan la opinión de las personas que los emiten. Este sitio no se hace responsable por los mismos y se reserva el derecho de publicación. Aquellos comentarios que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto y/o que atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, este sitio se reservará el derecho de su publicación. Recuerde ser breve y conciso en sus planteamientos. Si quiere expresar alguna queja, denuncia, solicitud de ayuda u otro tema de índole general por favor envíe un correo a contacto@psuv.org.ve