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12.Dic.2008 / 06:46 am / Haga un comentario

ABN.- La integridad de la patria, del Estado-Nación y la garantía de que exista paz en el país estarán garantizadas, efectivamente, con la permanencia de Hugo Chávez Frías en la Presidencia de la República, sostuvo este viernes el abogado constitucionalista Carlos Escarrá.

Con este señalamiento, Escarrá fijó su posición en torno a las palabras del presidente, Hugo Chávez Frías, este jueves, cuando asistió a la Plaza Bolívar de Caracas para firmar en apoyo a la enmienda constitucional por la reelección continua en el cargo de Presidente o Presidenta de la República.

El Jefe de Estado sostuvo, entonces, que su permanencia en el cargo de Presidente de la República es garantía de paz para todos los venezolanos, es garantía de libertades, de continuar llevando adelante un país en revolución, con cambios profundos a pesar de las amenazas internas y externas.

"Cualquier opción opositora en la Presidencia de la República es garantía de guerra, de violencia, sería el caos para Venezuela, lo que a mí me ha llevado a dar luz verde para que se inicie esta propuesta de enmienda constitucional", aseveró Chávez, en la Plaza Bolívar de Caracas.

Escarrá hizo la salvedad de que el Jefe de Estado ha atendido a las grandes masas que fueron excluidas durante muchos años en el país, además ha servido de una especie de catalizador con sus ejecutorias, con su mensaje a un pueblo que estaba abandonado pero que ahora ha empezado a actuar, a pensar, a caminar, de tal manera que la continuidad de Chávez es necesaria y pertinente, en este caso, quien mantiene un liderazgo fortalecido y único en la nación.

El también diputado a la Asamblea Nacional (AN) destacó que el proceso revolucionario está en una etapa de transición muy importante.

Escarra agregó que el primer día de la jornada de recolección de firmas en apoyo a la enmienda constitucional fue todo un éxito y contó con masiva asistencia, según los reportes que él ha recibido.

La enmienda es un mecanismo que estipula la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 340 y tiene por objetivo la adición o modificación de uno o varios artículos de la Carta Magna venezolana sin alterar su estructura fundamental.

El artículo 230 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, aprobada en 1999, establece: "El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida de inmediato y por una sola vez para un nuevo período".

Se trata, entonces, de enmendar dicho artículo y establecer la reelección para el cargo de Presidente o Presidenta de la República.

El artículo 341 señala que las enmiendas a la Constitución se tramitarán en la forma siguiente: la iniciativa podrá partir del 15% de los ciudadanos y ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral o de 30% de los integrantes de la AN o del Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros.

Cuando la iniciativa parta de la AN, como en el caso de la reelección, la enmienda requerirá la aprobación de ésta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá según el procedimiento establecido en esta Constitución para la formación de leyes.

El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los 30 días siguientes a su recepción formal.

Se considerarán aprobadas las enmiendas de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y la ley respecto al referendo aprobatorio.

Las enmiendas serán numeradas consecutivamente y se publicarán a continuación de la Constitución sin alterar el texto de ésta, pero se debe anotar al pie del artículo o artículos enmendados la referencia de número y fecha de la enmienda que lo modificó.

El 18 de diciembre próximo es la primera discusión del proyecto de enmienda, en la AN y el 5 de enero del año entrante será la segunda discusión.

 

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