Opinión / Richard Canan

10.Dic.2014 / 12:31 pm / Haga un comentario

Richard Canan

Sociólogo

@richardcanan

Toda una nueva lógica de participación fue creada e impulsada por el Comandante Chávez, quien la moldeó con gran visión estratégica y dio los matices generales que luego fueron acogidos con entusiasmo y energía por las comunidades, adaptándolas a sus distintas realidades y contextos: respetando la identidad indígena, agrupando a los colectivos de mujeres, de jóvenes, de campesinos, de artesanos y especialmente, por su magnitud, a las comunidades urbanas. En cada Comuna y en cada Consejo Comunal se han ido apropiando del discurso-idea de que la organización popular permite viabilizar los proyectos y propuestas para satisfacer las necesidades de la comunidad. El pueblo aprendió a organizarse y a resolver sus propios problemas.

Para lograr esto el Comandante Chávez construyó e impulsó todo un sistema de apoyo al Poder Popular. En primer lugar garantizando el marco legal, con su ámbito de acción y sus competencias bien definidas; y luego garantizando los recursos necesarios para el desarrollo de proyectos y propuestas productivas en todos los ámbitos del devenir cotidiano de la gente.

En el marco normativo, se promulgaron las leyes del Poder Popular, un extraordinario marco de acción que provee de las herramientas necesarias para la organización y desenvolvimiento comunitario, así tenemos: 1) la Ley Orgánica de las Comunas donde se desarrolla el Estado Comunal a través del autogobierno, garantizando la existencia efectiva de formas y mecanismos de participación directa en los proyectos vinculados a los aspectos territoriales, políticos, económicos, sociales, culturales, ecológicos y de seguridad y defensa; 2) la Ley Orgánica del Poder Popular que crea las condiciones para que el pueblo organizado consolide su ejercicio protagónico en el proceso de formación, ejecución, control y evaluación de los planes y proyectos en la gestión social, orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades, mediante el ejercicio directo del poder a través de los gobiernos comunales; 3) la Ley Orgánica de la Contraloría Social que establece los mecanismos para garantizar el ejercicio de la contraloría social como medio de participación directa en las funciones de vigilancia, seguimiento, acompañamiento y control de la gestión pública y comunitaria; 4) la Ley Orgánica de Planificación Pública que establece los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del poder público, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas y las instancias de participación y protagonismo del pueblo; y 5) la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal que establece los principios, normas y procedimientos que rigen el sistema económico comunal para desarrollar el modelo productivo socialista, con base a los planes y proyectos impulsados por las organizaciones del poder popular en el ámbito comunitario.

En esta última ley destaca la preocupación del Comandante Chávez por garantizar los recursos necesarios para dar viabilidad a las propuestas e iniciativas comunitarias. Ante esto se crearon o adecuaron diversas instituciones para lograr el financiamiento de proyectos comunitarios como el Servicio Fondo Nacional del Poder Popular (SAFONAPP), el Fondo de Desarrollo Microfinanciero (FONDEMI), el Banco del Pueblo y el Consejo Federal de Gobierno.

En fecha reciente el Presidente Nicolás Maduro sumó dos nuevas leyes al promulgar la Ley para Establecer los Lineamientos de Financiamiento a las Organizaciones de Base del Poder Popular que establece los lineamientos para otorgar los financiamientos a emprendedores, asociaciones cooperativas, comunidades, organizaciones socioproductivas y movimientos sociales que impulsan el desarrollo de la economía comunal, con el fin de estimular la capacidad productiva del Poder Popular; y la Ley Orgánica para la Transferencia al Poder Popular, de la Gestión y Administración Comunitaria de Servicios, Bienes y Otras Atribuciones que garantiza la participación del Poder Popular en la formulación de propuestas de inversión, ejecución, evaluación y control de obras, programas y servicios públicos en su ámbito territorial, en materias de salud, educación, vivienda, programas sociales.

Recordemos también las instancias organizativas contempladas en las leyes del Poder Popular. En primer lugar los Consejos Comunales, que “son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social”; luego está la Comuna que “es un espacio socialista que, como entidad local, es definida por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación protagónica como expresión del Poder Popular, en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno y sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación”. En la Comuna se desarrolla y potencia el autogobierno a través de sus distintas instancias: Parlamento Comunal, Consejo Ejecutivo, Consejo de Planificación Comunal, Consejo de Economía Comunal, Consejo de Contraloría Comunal y el Banco de la Comuna.

Con estas instancias se persigue lograr el autogobierno (sistema de administración de unidades territoriales que gozan de autonomía); el desarrollo de las potencialidades económicas y productivas; y la hegemonía sobre el territorio.

Una altísima participación y movilización del pueblo organizado irrumpió por todos los rincones del país. La organización Popular avanza sin parar, ya en el país tenemos más de 920 Comunas, 43.837 Consejos Comunales y 419 Salas de Batalla Social, las cuales están en pleno proceso de transformación para convertirse en Comunas.

El Poder Popular ya se apropió de todos estos espacios e instituciones. El Poder Popular es una realidad, es acción cotidiana desde la punta del barrio hasta cualquier urbanización del país. Los vecinos han adoptado las nuevas formas de organización, por todo el país hay construidas miles de viviendas hechas por la comunidad. Hay empresas comunales y familiares, miles de obras grandes y pequeñas que han solucionado los problemas de las comunidades: la cancha, el alumbrado, el drenaje, la canalización o la pintura para la escuela y el servicio médico. En fin, necesidades priorizadas por la propia gente y resueltas por ellos mismos. En la conciencia colectiva de las comunidades también se ha logrado trascender de la lógica de la individualidad, hasta llegar a la dedicación y apego por el trabajo colectivo, trabajar todos juntos por el bien de la comunidad.

Todos estos logros son un legado de nuestro Comandante Chávez, él siempre nos orientó: ¡Más poder para el pueblo! ¡Más poder para el pueblo!

 

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