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8.Dic.2021 / 12:26 am / Haga un comentario

Foto: VTV

En su cuenta de red social Twitter, este martes, el Consejo Nacional Electoral informó que admitió un total de 30 postulaciones para el cargo de Gobernador del estado Barinas en las elecciones que se celebrarán el 9 de enero de 2022.

Como es del dominio público, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia conjunta de las Magistradas y el Magistrados que la integran, declaró de mero derecho la resolución de la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar, con fundamento en la Resolución N° 01-00-000334, de fecha 17 de agosto de 2021, dictada por la Contraloría General de la República, mediante la cual resolvió inhabilitar para el ejercicio de cualquier cargo público al ciudadano Freddy Francisco Superlano Salinas, titular de la cédula de identidad N° V-12.555.398, candidato por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática, al cargo de Gobernador o Gobernadora del estado Barinas, en el proceso electoral celebrado el 21 de noviembre de 2021, de conformidad con el criterio vinculante establecido por la Sala Constitucional en la sentencia N° 993 de fecha 16 de julio de 2013.

Asimismo la sentencia 79-2021 del TSJ ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) convocar para el día 09 de enero de 2022, las elecciones de Gobernador o Gobernadora del estado Barinas, garantizando condiciones de igualdad en la participación de los sujetos con derecho al sufragio en la entidad federal.

Indica el fallo que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta, que se deja sin efecto todos los procedimientos y actos celebrados conforme al Cronograma Electoral, en el proceso realizado en el estado Barinas, en lo que respecta a la elección del cargo de Gobernador o Gobernadora de dicha entidad, en fecha 21 de noviembre de 2021, a partir de la presentación de las postulaciones, inclusive, para garantizar los derechos colectivos de los ciudadanos y ciudadanas de la entidad territorial.

VTV

 

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