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1.Abr.2017 / 08:40 am / Haga un comentario

Foto: Referencial

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tiene como principal tarea preservar el Estado de Derecho y la institucionalidad democrática del país, al garantizar la efectiva interpretación y cumplimiento de los preceptos establecidos en la Carta Magna.

La Constitución de la República otorga competencias al TSJ para legislar en caso de omisiones o vacíos de poder constitucional. En ese sentido, el artículo 335 del texto fundamental consagra que el Poder Judicial «garantizará la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales; será el máximo y último intérprete de esta Constitución y velará por su uniforme interpretación y aplicación».

En ese escenario, la interpretación hecha por la Sala Constitucional sobre elementos establecidos en la Carta Magna es vinculante para el resto de las salas del tribunal y juzgados del país.

Además, el artículo 336 establece que esa sala tiene la potestad de declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y los actos con rango de ley de la Asamblea Nacional, que coliden con la Carta Magna.

Asimismo, plantea que la citada sala constituye la instancia competente para dirimir las diatribas constitucionales que se susciten entre los órganos del Poder Público.

Esas atribuciones define la actuación del TSJ ante el Poder Legislativo, que se encuentra en desacato desde 2016 al juramentar los tres candidatos del estado Amazonas –cuya elección el 06 de diciembre de 2015 fue impugnada debido a presuntas irregularidades–, pese la orden judicial que dejó sin efecto la elección hasta tanto culminaran las investigaciones.

A pesar de la condición de nulidad que ha paralizado al Poder Legislativo de la Nación, la junta directiva de la AN se ha negado a anular el acto de juramentación con el que incorporó a los tres ciudadanos.

AVN

 

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