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21.Ago.2016 / 08:45 am / Haga un comentario

Foto: Archivo

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la nulidad, conjuntamente con acción de amparo cautelar, de varias sesiones de la Asamblea Nacional (AN) ante la presunta violación de lo dispuesto en la sentencia N° 269 del 21 de abril de 2016, por parte de la Junta Directiva y de la Secretaría de la Asamblea Nacional.

La sentencia N° 269 establece la necesaria coordinación y colaboración entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo en los procesos de formación de leyes para garantizar los principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal, en tutela de la autonomía entre poderes y de la supremacía constitucional, tal como indica la ley.

El fallo menciona el artículo 103 del Reglamento Interior y de Debates, en donde se establecen los requisitos para la presentación y discusión de proyectos de ley, entre ellos el impacto e incidencia presupuestaria y económica, la exposición de motivos y consulta al Ejecutivo Nacional, por cuanto, la aplicación del instrumento normativo legal genera un impacto en el gasto público del Estado.

En este sentido, y ante las reiteradas violaciones por parte de la directiva de la AN, presidida por Henry Ramos Allup, la Sala Constitucional suspendió de manera cautelar los efectos de las sesiones efectuadas los días 26 y 28 de abril, y 3, 5, 10, 12 y 17 de mayo de 2016, junto a los actos producidos en ellas, indica una nota de prensa del máximo ente judicial.

Asimismo, la sentencia ordenó requerir de manera cautelar a la AN, a través de su Presidente, que remita la documentación donde evidencie el cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en el mencionado fallo N° 269 del 21 de abril de 2016, en lo relativo a la convocatoria de la sesiones antes señaladas y orden del día fijado para cada una de ellas, con la advertencia de que dicho mandamiento debe ser acatado de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

AVN

 

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